IRAE - Franjas Pago Mínimo Ejercicios cerrados al 28/02/2026
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IRAE
PAGOS MENSUALES DE IRAE MÍNIMO
PARA EJERCICIOS CERRADOS AL 28 DE FEBRERO DE 2026
De acuerdo a la legislación vigente (artículo 172 del Decreto 150/007 de 26/04/07) para la determinación de la escala de ingresos en que los contribuyentes se encuentran comprendidos al iniciar ejercicio, el literal E) se calcula sobre 305.000 UI a la cotización vigente a fecha de cierre del ejercicio anterior.
CIERRE DE EJERCICIO AL 28 DE FEBRERO DE 2026: Cotización UI = 6,4676
Ingresos al 28/02/26 (Artículo 52: 305.000 UI) | Más de | Hasta | Pago Mensual 2026 |
Hasta una vez y media el límite | -- | $ 2.958.927 | $ 6.840 |
Más de una vez y media hasta 3 veces | $ 2.958.927 | $ 5.917.854 | $ 7.740 |
Más de 3 hasta 6 veces | $ 5.917.854 | $ 11.835.708 | $ 8.460 |
Mas de 6 hasta 12 veces | $ 11.835.708 | $ 23.671.416 | $ 11.360 |
Más de 12 hasta 24 veces | $ 23.671.416 | $ 47.342.832 | $ 15.390 |
Más de 24 veces | $ 47.342.832 | -- | $ 19.240 |
“Cuando el ejercicio anterior haya sido menor a doce meses, el límite de inclusión en cada categoría se determinará en forma proporcional al tiempo transcurrido.”(Art. 116 del Título 4 del TO-2023 – parcial)
De acuerdo a la Consulta DGI 4.425 la comparación a los efectos de situarse en la escala debe hacerse al mes inmediato siguiente del cierre del ejercicio y aplicar el importe correspondiente para realizar el pago de dicho mes.
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