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IRPF y Rentas del Exterior en Uruguay: cambios relevantes y situación actual en 2026

En los últimos meses, el tratamiento fiscal de las rentas obtenidas en el exterior por personas físicas residentes en Uruguay volvió a ocupar un lugar central en materia tributaria. La Ley de Presupuesto Nacional 2025–2029 introdujo modificaciones importantes al régimen del IRPF aplicable a determinadas rentas provenientes del exterior, generando cambios que aún se encuentran en proceso de reglamentación por parte de la Dirección General Impositiva (DGI).

Hasta el ejercicio 2025, el IRPF gravaba principalmente los rendimientos de capital mobiliario provenientes del exterior, como por ejemplo:

  • Intereses de depósitos y préstamos.

  • Dividendos.

  • Rendimientos financieros.

  • Colocaciones de capital en entidades no residentes.

En general, estas rentas se encontraban alcanzadas por una tasa del 12%.

¿Qué cambia a partir de 2026? irpf exterior

La nueva normativa amplía el alcance del impuesto e incorpora nuevas categorías de rentas del exterior que anteriormente no estaban gravadas en determinados casos. Entre los principales cambios se destacan:

  • Rentas derivadas de inmuebles situados en el exterior (por ejemplo, alquileres).

  • Incrementos patrimoniales provenientes del exterior.

  • Ganancias derivadas de ventas de inversiones o activos ubicados fuera del país.

  • Determinadas rentas obtenidas mediante entidades no residentes.

Esto representa un cambio relevante dentro del sistema tributario uruguayo, históricamente caracterizado por el principio de territorialidad de la renta.

Situación actual: reglamentación pendiente

Uno de los puntos más importantes es que, si bien la ley ya se encuentra vigente desde el 1° de enero de 2026, la reglamentación definitiva aún continúa en elaboración.

Debido a ello, la DGI resolvió suspender temporalmente las retenciones y anticipos correspondientes a determinadas rentas del exterior mientras se ajustan los sistemas y se definen los mecanismos operativos.

Las resoluciones emitidas durante 2026 suspendieron sucesivamente los pagos correspondientes a rentas devengadas en enero, febrero y marzo de este año.

Según informó oficialmente la DGI, se prevé que las retenciones correspondientes al primer semestre de 2026 puedan regularizarse posteriormente, probablemente durante el mes de julio de 2026.

¿A quiénes podría afectar?

Estos cambios pueden impactar especialmente en:

  • Personas con inversiones financieras en el exterior.

  • Titulares de cuentas de inversión internacionales.

  • Personas que obtienen dividendos o intereses desde el extranjero.

  • Residentes fiscales uruguayos con propiedades fuera del país.

  • Inversores en fondos internacionales o brokers del exterior.

También podrían existir implicancias para quienes operan mediante estructuras societarias extranjeras o vehículos de inversión internacionales.

Un escenario que requiere seguimiento

Actualmente existe un escenario de transición normativa. Si bien la intención legislativa ya fue establecida, todavía restan definiciones prácticas sobre:

  • mecanismos de retención,

  • responsables designados,

  • liquidación de anticipos,

  • compensación de pérdidas,

  • y criterios operativos para la determinación del impuesto.

Por este motivo, resulta recomendable que los contribuyentes con inversiones o rentas del exterior realicen un seguimiento cercano de las futuras reglamentaciones y resoluciones de la DGI durante 2026.

Desde GRO Consultores recomendamos analizar cada caso de forma particular, especialmente para quienes poseen estructuras internacionales, inversiones financieras o activos en el exterior, dado que los cambios pueden generar impactos fiscales relevantes en la liquidación anual del IRPF.

Para mantenerse actualizado sobre normativa tributaria, facturación electrónica y novedades fiscales en Uruguay, también puede apoyarse en herramientas tecnológicas como AsysTax, que permiten un mejor control impositivo y seguimiento de obligaciones fiscales.


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