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Resguardos en Uruguay: qué son, cuándo se emiten y por qué son clave para la deducción fiscal

En la gestión diaria de una empresa uruguaya, los resguardos ocupan un lugar esencial. Aunque muchas veces se los considera un trámite menor, son en realidad una herramienta contable y fiscal fundamental para garantizar la validez de determinados pagos y la deducción de gastos ante la DGI.

¿Qué es un resguardo?

Un resguardo es un comprobante emitido por quien realiza un pago sujeto a retención de impuestos, como el IRPF, IRAE o IVA, según el caso. Su finalidad es dejar constancia de la retención practicada y del monto efectivamente entregado al proveedor o beneficiario.

En otras palabras, el resguardo acredita que se efectuó la retención correspondiente y permite al contribuyente respaldar su contabilidad y deducciones ante la administración tributaria.

¿Quién debe emitir el resguardo?

El resguardo lo emite el agente de retención, es decir, quien paga. Por ejemplo:

  • Una empresa que contrata servicios personales a un profesional independiente.

  • Un contribuyente IRAE que abona honorarios a otro contribuyente.

  • Una sociedad que paga rentas de capital, dividendos o arrendamientos.

El receptor del pago —la persona o empresa retenida— no debe emitir el resguardo, sino recibirlo como comprobante de la retención.

Contenido obligatorio del resguardo

Según las disposiciones de la DGI, un resguardo debe contener como mínimo:

  • Número de serie y correlativo.

  • Datos de quien emite y de quien recibe (nombre, RUT o CI, domicilio).

  • Fecha de emisión.

  • Concepto del pago.

  • Monto total, importe retenido y monto líquido pagado.

  • Impuesto y tasa aplicable (por ejemplo, IRPF 12%, IRAE 7%, IVA 10%, etc.).

Actualmente, los resguardos pueden emitirse en formato electrónico, dentro del sistema de Comprobantes Fiscales Electrónicos (CFE), lo que facilita la trazabilidad y la comunicación automática con la DGI.

Importancia contable y fiscal

Emitir correctamente los resguardos no es solo una obligación formal:

  • Permite deducir el gasto en el Impuesto a la Renta (IRAE o IRPF).

  • Evita observaciones o ajustes por parte de la DGI durante inspecciones.

  • Garantiza la transparencia en la relación comercial y la correcta documentación de los pagos.

Cuando no se emiten o se emiten de forma incorrecta, la DGI puede desconocer el gasto o aplicar sanciones al agente de retención.

Digitalización y control automatizado

Con la implementación de los CFE, los resguardos electrónicos se integran automáticamente con los sistemas de facturación, facilitando la gestión documental y reduciendo errores. Desde GRO Consultores, recomendamos automatizar la emisión de resguardos para asegurar cumplimiento, coherencia y trazabilidad en tiempo real.

Conclusión

Los resguardos son mucho más que un comprobante: son la prueba documental del cumplimiento fiscal y una herramienta clave para mantener la contabilidad ordenada, transparente y deducible. Emitirlos correctamente protege a la empresa y fortalece su credibilidad ante la DGI y sus socios comerciales.


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