¿Qué impuestos debo pagar si tengo un alquiler en Uruguay?
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- hace 4 días
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Alquilar una propiedad en Uruguay puede ser una excelente forma de generar ingresos pasivos. Sin embargo, como todo ingreso, también tiene implicancias fiscales. Ya seas propietario de un apartamento en Montevideo, una casa en la costa o un local comercial en el centro, te habrás preguntado:
¿Qué impuestos tengo que pagar si alquilo mi propiedad?
En este artículo te lo explicamos de forma simple y actualizada a 2025.
¿Qué tipo de alquiler tenés?
Antes de hablar de impuestos, hay que distinguir qué tipo de alquiler realizás, ya que no todos tributan igual:
Alquiler de vivienda a personas físicas (inquilino particular)
Alquiler a empresas o profesionales (uso comercial)
Alquiler a turistas o por temporada (Airbnb, Booking, etc.)
La forma de tributar varía según el tipo de contrato, el destino y el tipo de contribuyente (residente o no residente).
¿Qué impuestos se pagan?
1. IRPF (Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas)
Aplica si sos residente fiscal en Uruguay y alquilás una propiedad como persona física.
Tasa: 10 % sobre el ingreso neto (ingreso menos el 30 % de deducción ficta).
Declaración: se puede hacer mensual con retención, o anual con liquidación global.
Si el contrato está registrado en el MVOT, y el inquilino paga en el BROU o medios habilitados, el IRPF ya queda retenido automáticamente.
Ejemplo: si cobrás $20.000 de alquiler mensual, se te retiene el 8,4 % (equivale al 10 % sobre el 70 % del monto total).
2. IVA (en ciertos casos)
El alquiler de vivienda está exonerado de IVA.
El alquiler con fines comerciales sí paga IVA (22 %).
También puede corresponder IVA si alquilás como empresa o realizás servicios complementarios (limpieza, amueblado, etc.).
3. IRNR (Impuesto a la Renta de No Residentes)
Si no residís fiscalmente en Uruguay, y tenés una propiedad alquilada, en vez de IRPF pagás IRNR.
Tasa: 10,5 % sobre el monto total del alquiler.
El inquilino debe actuar como agente de retención, o debés designar un representante fiscal en Uruguay.
4. Contribución Inmobiliaria y otros tributos municipales
Contribución Inmobiliaria: la paga el propietario cada año, según el valor catastral del inmueble.
Tarifa de Saneamiento (OSE / Intendencia): puede o no ser transferida al inquilino, depende del contrato.
¿Cómo se presenta y se paga?
Si estás registrado como arrendador con retención: el inquilino paga en el BROU o vía RedPagos y se retiene el IRPF automáticamente.
Si no hay retención, debés presentar declaraciones mensuales o anuales ante la DGI.
Si sos no residente: el agente de retención debe presentar y pagar IRNR.

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