BPS - Modificaciones en la gestión del subsidio transitorio por incapacidad parcial (STIP)
- Consultas GRO Consultores
- 14 abr
- 2 min de lectura
Mediante el Comunicado Nº 8/2026 del BPS se establecen modificaciones en la gestión y declaración del subsidio transitorio por incapacidad parcial (STIP) para trabajadores amparados desde abril de 2026.
El subsidio transitorio por incapacidad parcial pasa de ser considerado una prestación de pasividad a una prestación de actividad.
Registro del trabajador
Para el acceso al subsidio no corresponderĆ”:
Registrar el egreso del trabajador.
Modificar el vĆnculo funcional al código 56 (Personal en Subsidio Transitorio, amparado por BPS).
Asignación de tareas y acumulación laboral
Cuando el trabajador, sin tener incapacidad total, continĆŗa prestando tareas diferentes a las habituales, la empresa debe declarar una nueva acumulación laboral, diferenciando la actividad original de la nueva, manteniendo el vĆnculo funcional en nómina.
Inicio del subsidio y Ćŗltimo dĆa trabajado (UDT)
El subsidio se genera a partir del dĆa siguiente al Ćŗltimo dĆa trabajado (UDT) declarado por la empresa.
Si el trabajador se encontraba en subsidio por enfermedad, se tomarĆ” el UDT ya registrado en dicho subsidio.
Declaración en nómina
Para la actividad habitual se deberĆ” declarar:
El vĆnculo funcional correspondiente.
El código de seguro de salud 6, siempre que la remuneración no supere 1,25 BPC o 13 jornales.
El vĆnculo funcional 56 no podrĆ” utilizarse para casos generados desde abril de 2026, quedando restringido a la aportación civil.
La declaración de dĆas trabajados y remuneración correspondiente a la actividad habitual puede determinar la suspensión del subsidio.
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