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Sanciones de DGI (Dirección General Impositiva)

La Dirección General Impositiva (DGI) de Uruguay ha actualizado, para el año 2025, las sanciones aplicables a diversos incumplimientos tributarios. A continuación, se detallan las principales modificaciones:​


1. Contravención por Omisión de Deberes Formales ante el Registro Único Tributario (RUT) sanciones dgi


A partir del 1º de enero de 2025, las multas por omisión de inscripción o de comunicación de modificaciones en el RUT se establecen de la siguiente manera:​


  • Omisión de Inscripción:

    • Multa fija de $1.110 (pesos uruguayos mil ciento diez).​

  • Omisión de Comunicación de Modificaciones:

    • Dentro de los 90 días siguientes al plazo reglamentario: $760.​

    • Dentro del año siguiente: $2.990.​

    • Más de un año: $4.260.​

Para personas físicas y empresas unipersonales, la multa máxima por omisión de comunicación de modificaciones es de $760. ​

2. Contravención por Presentación de Declaraciones Juradas Fuera de Plazo

La Resolución DGI N° 3.056/2024 establece que, en 2025, la presentación extemporánea de declaraciones juradas será sancionada con una multa de $870 por cada declaración presentada fuera de plazo. Para contribuyentes sin actividad en el período declarado, la multa es de $870, con un máximo de $2.610 si se presentan múltiples declaraciones en un mismo acto. ​


3. Multas por No Implementar la Facturación Electrónica

El incumplimiento de la obligación de implementar la facturación electrónica puede resultar en una multa de $100 por cada factura emitida fuera del régimen de facturación electrónica establecido por la DGI. ​

4. Sanciones por No Presentar el Informe de Auditoría en Plazo

La no presentación del informe de auditoría dentro del plazo establecido puede acarrear las siguientes sanciones:​

  • Dentro de los 5 días hábiles posteriores al vencimiento: multa de $6.340.​

  • Entre 6 y 60 días después del vencimiento: multa de $12.680.​


5. Contravención por Instigación Pública a No Pagar Tributos

La DGI también sanciona la instigación pública a no pagar tributos. Aunque no se especifican los montos exactos en las fuentes consultadas, se establece un valor mínimo de la multa de $650 y un valor máximo de $12.680, según la gravedad del incumplimiento. ​


Consideraciones Adicionales

  • Regularización de Deudas: Los contribuyentes pueden regularizar sus deudas y consultar el estado de sus multas y recargos a través del portal de la DGI. ​

  • Actualización de Normativas: Es fundamental mantenerse informado sobre las actualizaciones y cambios en las normativas tributarias para evitar sanciones innecesarias.​

Para más detalles y actualizaciones, se recomienda consultar las publicaciones oficiales de la DGI y otras fuentes gubernamentales pertinentes.



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