¿Negocios del régimen simplificado deben expedir facturación electrónica?
- Info Dr. Clean
- 29 jul 2024
- 4 Min. de lectura

Con la reciente reforma tributaria o Ley de Financiamiento, los términos de empresas del régimen simplificado y común han cambiado. Muchos dueños de negocios se preguntan: "Tengo una droguería que estaba en el régimen simplificado, ¿debo emitir facturas electrónicas?"
Los responsables de varios tipos de negocios, como droguerías, talleres mecánicos, ferreterías, minimercados y supermercados, restaurantes, panaderías, entre otros, deben consultar la normativa actual sobre facturación electrónica para determinar si están obligados a emitir facturas electrónicas.
En este artículo te explicamos por qué han cambiado las denominaciones para los diferentes tipos de contribuyentes, además de informarte si, según tu tipo de negocio, estás obligado a emitir facturas electrónicas.
¿Qué diferencia hay entre el Régimen Simple de Tributación y el Régimen Simplificado? ¿Negocios del régimen simplificado deben expedir facturación electrónica?
Es fundamental que no te confundas. Muchos de nuestros lectores nos escriben frecuentemente confundiendo estos dos conceptos, por lo que queremos aclarar las tres principales diferencias entre el impuesto unificado bajo el Régimen Simple de Tributación, conocido como "Simple", y el antiguo régimen simplificado. ¿Negocios del régimen simplificado deben expedir facturación electrónica?
El SIMPLE comenzó a regir el 1 de enero de 2019. La clasificación de régimen simplificado ya no se aplica a ningún comerciante.
El SIMPLE fue introducido con la más reciente reforma tributaria, también conocida como Ley de Financiamiento, mientras que el régimen simplificado fue eliminado por esta misma ley.
El régimen simplificado era una forma de categorizar a las personas naturales que realizaban actividades económicas, pero que estaban exentas de ciertos beneficios, principalmente fiscales.
El SIMPLE es un impuesto que se paga de una manera más sencilla, anualmente con pagos anticipados bimestrales.
Si anteriormente pertenecías al régimen simplificado y estás obligado a emitir factura electrónica, puedes acogerte al impuesto unificado bajo el Régimen Simple de Tributación.
¿Cómo se diferenció el régimen común del simplificado?
Hasta antes de la Ley de Financiamiento existieron tres tipos de contribuyentes ante la DIAN: las pertenecientes al régimen común, al régimen simplificado y los grandes contribuyentes.
¿Qué era el Régimen Simplificado?
Era un régimen que permitía desarrollar actividades comerciales, aunque a título personal. Traía algunos beneficios, sobre todo a nivel tributario; sin embargo, también tenía grandes desventajas, las principales eran:
El vínculo entre el patrimonio empresarial y las operaciones y bienes familiares.
Los aportes parafiscales se hacían con una base del 40 % de los ingresos totales por lo que podría resultar costoso el pago de salud, pensión y ARL.
Imposibilidad de crecer, debido a la limitación de tener un solo lugar de operación.
Imposibilidad de operar bajo modelos de franquicia o cualquier sistema que implique extraer activos del negocio inicial.
Entre otras.
Ahora bien, cuando las personas del régimen simplificado incumplían por lo menos uno de los requisitos para estar en el régimen simplificado debían pasarse al régimen común y registrarlo en el RUT al año siguiente.
¿Qué era el Régimen Común?
El régimen común era una clasificación para la declaración de impuestos que incluía a todos los colombianos que durante el año anterior habían obtenido ingresos brutos superiores a 3500 UVT. Algunas de las principales características de quienes pertenecían a este régimen eran:
Tener establecimientos comerciales con más de dos sedes, oficinas, u otros locales donde se desarrollaban sus actividades tributarias.
Realizar actividades intangibles en su lugar de operación, es decir, actividades que no tienen una presencia física, pero que aportan valor a la empresa, como la contabilidad, el marketing, la publicidad, entre otras.
Generar movimientos financieros superiores a 3500 UVT debido a sus operaciones.
Algunas de las obligaciones del régimen común de acuerdo con el código de comercio:
Llevar Contabilidad
Inscribirse en el Registro Único Tributario
Expedir factura electrónica o documento equivalente
Declarar IVA
¿Por qué dejó de funcionar el régimen simplificado? El régimen simplificado se eliminó con la Ley 1943 de 2018, también llamada Ley de Financiamiento. Si deseas obtener información completa sobre esta reforma tributaria, puedes leer este artículo donde explicamos todo lo necesario para comprenderla.
¿Qué pasa ahora con el régimen común y el simplificado?
Según el Artículo 18 del primer capítulo de la Ley de Financiamiento, titulado “Impuesto sobre las ventas”, deben suprimirse las denominaciones “Régimen simplificado” y “Régimen común”. Tanto la legislación como las operaciones empresariales diarias deberán referirse a las personas jurídicas como responsables o no responsables del Impuesto sobre las Ventas (IVA).
Entonces, ¿el régimen simplificado está o no obligado a facturar electrónicamente?
Para determinar si estás obligado a facturar electrónicamente, consulta la Resolución 00020 de 2018, que especifica quiénes deben emitir facturas electrónicas. Es importante dejar de lado las antiguas denominaciones de régimen común y simplificado, y verificar si cumples con alguno de los requisitos para la facturación electrónica. Aunque hayas estado en el régimen simplificado, podrías tener la obligación de facturar electrónicamente si eres:
Responsable del Impuesto a las Ventas (IVA)
Responsable del Impuesto al Consumo (Impoconsumo)
Comerciante que ejerce profesiones liberales
Comerciante que presta servicios relacionados con profesiones liberales
Comerciante que realiza actividades agrícolas o ganaderas
Voluntario para expedir factura
Contribuyente inscrito en el nuevo régimen del SIMPLE
Nota 1: Las profesiones liberales son aquellas en las que predomina el ejercicio intelectual y requieren un título universitario, como abogados, ingenieros, psicólogos, y comunicadores, entre otros.
Nota 2: En este artículo puedes encontrar información detallada sobre el Régimen de Tributación SIMPLE.
¿Debo validar la factura si pertenecía al régimen simplificado?
Todas las personas obligadas a facturar electrónicamente deben utilizar el nuevo sistema de facturación electrónica con validación previa. Para facilitar este proceso, es recomendable contratar un software que incluya tanto la validación previa como otros requisitos necesarios para emitir facturas electrónicas, como el Código Único de Factura Electrónica (CUFE), la firma electrónica, y el formato XLS, entre otros.
Es una buena oportunidad para que aproveches la transición a la factura electrónica e implementes un software administrativo en tu empresa. Aunque pienses que tu negocio es pequeño o que no requiere un control exhaustivo, este software te ayudará a cumplir con tus obligaciones tributarias, mantener tu inventario actualizado, identificar los productos más vendidos y rentables, y disfrutar de otras ventajas.




Comentarios