Facturación Electrónica
- Info Dr. Clean
- 12 feb
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En Uruguay, la Dirección General Impositiva (DGI) ha establecido que, a partir del 1 de enero de 2025, todos los contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado (IVA), incluyendo aquellos que tributan IVA mínimo, deberán ser emisores electrónicos. Este mandato es el resultado de un proceso gradual de más de una década, durante el cual la facturación electrónica ha alcanzado el 98% de la documentación emitida.
Plazos y Obligaciones:
Fecha Límite: Los contribuyentes de IVA que aún no se han incorporado al régimen de facturación electrónica tienen hasta el 31 de diciembre de 2024 para hacerlo. A partir del 1 de enero de 2025, cualquier contribuyente que se inscriba, reinicie actividades o se convierta en contribuyente de IVA deberá adoptar la facturación electrónica desde el inicio de sus operaciones.
Excepciones:
Algunas categorías de contribuyentes están exentas de esta obligación:
Aquellos que realizan exclusivamente actividades agropecuarias y cuyos ingresos anuales son inferiores a 4 millones de Unidades Indexadas (UI).
Quienes se dedican exclusivamente a actos de agregación de valor en la construcción sobre inmuebles.
Contribuyentes del Impuesto a las Rentas de los No Residentes.
Contribuyentes exonerados de impuestos administrados por la DGI en todas sus operaciones, excepto los usuarios directos e indirectos de zona franca.
Contribuyentes del Monotributo, del Monotributo Social Mides y del Aporte Social Único de Personas Privadas de Libertad.
Beneficios Fiscales:
Para facilitar la transición, el gobierno ha extendido hasta finales de 2025 un régimen especial que ofrece beneficios fiscales a los contribuyentes de menor capacidad económica que adopten la facturación electrónica.
Pasos para Incorporarse al Régimen de Facturación Electrónica:
Seleccionar un Proveedor de Software: Es recomendable contactar a un proveedor de soluciones de Comprobantes Fiscales Electrónicos (CFE) que se ajuste a las necesidades de tu empresa. La DGI ofrece listados de proveedores para facilitar esta selección.
Obtener un Certificado Digital: Este certificado es esencial para verificar la identidad del emisor electrónico y garantizar la integridad de los comprobantes. Se puede adquirir en la Red de Cobranzas ABITAB o en la Administración Nacional de Correos. Los costos varían según el tipo de empresa y la vigencia del certificado.
Realizar la Solicitud de Usuario: A través del portal de Servicios en línea de la DGI, se debe completar el formulario "Solicitud de Creación de Usuario para eFactura", indicando la información requerida y el rol correspondiente. Si se contrata un proveedor habilitado, se debe seleccionar el rol de Homologación Simplificada.
Es fundamental que los contribuyentes que aún no han adoptado la facturación electrónica tomen las medidas necesarias antes de la fecha límite para cumplir con las normativas vigentes y evitar posibles sanciones





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