DGI – Cesión de créditos de IEDE a entidades vinculadas
- Consultas GRO Consultores
- 13 abr
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Mediante Decreto Nº 53/026 de 19/03/2026, el Poder Ejecutivo facultó a la DGI a autorizar la cesión de créditos originados por las Instituciones Emisoras de Dinero Electrónico (IEDE), a favor de entidades vinculadas a dichas instituciones, siempre que resulten excedentes respecto de sus obligaciones tributarias propias.
Quedan comprendidos en el régimen de cesión los créditos generados por las IEDE en el marco de los siguientes regímenes:
Reducción de IMESI a combustibles en zonas de frontera (Art. 4º del Decreto Nº 398/007)
Reducción de IVA para comercios minoristas de frontera (Art. 22 del Decreto Nº 236/025)
Definición de entidades vinculadas
Se consideran entidades vinculadas aquellas que:
Están bajo dirección o control común (directo o indirecto), o
Poseen vínculos que permitan influir en las decisiones (por participación en el capital, derechos de crédito, relaciones contractuales u otros mecanismos)
Las Instituciones Emisoras de Dinero Electrónico (IEDE) deberán comunicar a la DGI la nómina de sus entidades vinculadas, así como cualquier modificación posterior.
Facultades de la DGI
Se faculta a la DGI a establecer:
Plazos
Términos
Condiciones operativas
para la implementación de la cesión de créditos.
En conclusión, la medida introduce mayor flexibilidad en la gestión de créditos fiscales generados por las IEDE, permitiendo su utilización dentro de grupos empresariales y mitigando los costos financieros asociados a su acumulación.
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